Darse de alta como propietario de una vivienda vacacional en las Islas Canarias puede parecer un proceso complicado, pero con la información adecuada, se puede lograr de manera eficiente. En este artículo, te presentamos los pasos a seguir para dar de alta una vivienda vacacional y comenzar a operar legalmente, asegurando que cumplas con todos los requisitos establecidos.
1. Comprobar que la vivienda es de uso residencial.
Para iniciar el proceso de alta, es fundamental confirmar que la vivienda tiene uso residencial. Deberás localizar una copia de la cédula de habitabilidad o la licencia de primera ocupación. Estos documentos se solicitan en tu Ayuntamiento o en el Instituto Canario de la Vivienda. Según el Decreto 113/2015, del 22 de mayo, que regula la actividad de vivienda vacacional, la vivienda debe cumplir una serie de requisitos previos, siendo el más importante que sea de uso residencial. El resto de los requisitos están relacionados con el equipamiento de la vivienda y similares.
2. Alta como actividad clasificada.
Antes de presentar la declaración responsable al Gobierno de Canarias, la vivienda debe darse de alta como actividad clasificada. Este es un trámite indispensable para llevar a cabo la actividad de manera legal. En la declaración responsable se indica que se posee el alta en actividad clasificada, aunque no es necesario presentar ningún documento sobre esto en el momento de la declaración. Se presume que ya se tiene este alta para poder completar la declaración responsable. En otro artículo de VivvaHomes, hablaremos en detalle sobre cómo hacer el alta en actividad clasificada, que es un paso crucial pero que poca gente conoce.
3. Verificar la comunidad de propietarios.
Si la vivienda se encuentra en una comunidad de propietarios, es necesario presentar una declaración responsable en la que se indique que en los estatutos de la comunidad no existe una prohibición expresa que impida destinarla a la actividad de vivienda vacacional. Este paso es crucial para evitar problemas legales con los vecinos o la administración de la comunidad.
4. Darse de alta en el IGIC (Modelo 400).
El siguiente paso es darse de alta en el IGIC (Impuesto General Indirecto Canario) mediante el Modelo 400. Es importante considerar la posibilidad de acogerse al Régimen Especial del Pequeño Empresario o Profesional (REPEP). Los sujetos pasivos del IGIC que no superen un volumen de operaciones de 30.000 € anuales pueden acogerse a este régimen y no tendrán que repercutir el IGIC en sus ventas ni ingresar este impuesto trimestralmente.

5. Presentar la declaración responsable de inicio de actividad
La declaración responsable de inicio de actividad de la vivienda vacacional se presenta en la sede electrónica del Gobierno de Canarias con un certificado digital. Para ello, es conveniente tener preparada la siguiente información:
- Referencia catastral de la vivienda y dirección exacta.
- Fecha de alta en el IGIC.
- Nombre comercial para la vivienda vacacional.
- Nº de dormitorios y de huéspedes a alojar.
El trámite se realiza a través del siguiente enlace: Declaración responsable de inicio de actividad.
6. Confirmación automática del registro turístico.
Con la confirmación automática del registro turístico de viviendas vacacionales del gobierno canario, recibirás el número de inscripción necesario para realizar la placa de vivienda vacacional. Esta placa debe colocarse en la vivienda en un lugar visible, tal y como indica la normativa, aunque no especifica si debe colocarse en el interior o exterior de esta.
7. Hojas de reclamaciones.
Al finalizar la confirmación del registro turístico en la sede electrónica, es posible que el sistema emita el nuevo código QR para las hojas de reclamaciones electrónicas. Si no se emite de inmediato, se debe solicitar mediante el siguiente enlace: Solicitud de hojas de reclamaciones. Se debe colocar el cartel, el código QR y tener ejemplares de las hojas de reclamaciones disponibles para los turistas.
8. Registro en el sistema de hospederías.
Para finalizar los trámites, es necesario acudir al cuartel de la Policía Nacional o Guardia Civil más cercano a la vivienda para presentar el alta en el sistema de Hospederías como usuario. También es posible hacerlo de manera online. Actualmente se está habilitando una nueva plataforma del Ministerio del Interior para hacer el registro de hospederías, de momento se encuentra en fase de prueba. La documentación requerida incluye:
- Copia de la “Declaración Responsable de Inicio de Actividad”.
- Copia del “Documento Acreditativo de Inscripción en el Registro General Turístico”.
- Copia de la escritura de la vivienda.
- Documento de identidad del propietario o gestor y, en su caso, autorizaciones de representación.
- Contrato de gestión de la vivienda (en caso de tener un gestor para su vivienda vacacional).
Es recomendable llamar antes de acudir para confirmar si se necesita cita previa y verificar la documentación exacta solicitada.
Notas adicionales.
– Deberás tener el Certificado de Eficiencia Energética de la vivienda.
– Cumplir con la Ley de Protección de Datos Personales.
– Tener instalado el certificado electrónico en tu navegador.
Seguir estos pasos te permitirá dar de alta tu alquiler vacacional y comenzar a operar legalmente. Si prefieres no realizar estos trámites por tu cuenta, puedes contar con nosotros. Nos encargamos de todo el proceso para que no tengas que preocuparte por nada.
¡Contacta con nosotros y deja en nuestras manos los trámites de tu vivienda vacacional!

